Condenado a 22 años de cárcel el joven acusado de matar a su novia en Estepa

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 22 años y 3 meses de cárcel al joven de 21 años de edad acusado de degollar en abril de 2012 a su novia en la vivienda que ambos compartían en Estepa y, posteriormente, robar a los padres de ella, según han informado a Europa Press fuentes del caso. En este sentido, las mismas fuentes han indicado que, tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, la Audiencia Provincial ha condenado a M.A.R.P. a 21 años de cárcel por un delito de asesinato y a un año y tres meses por el delito de robo en casa habitada.

Esta agencia de noticias ha informado que, en su veredicto, el jurado popular consideró probado que el acusado asesinó a su pareja sentimental, A.M.F.G., «de manera intencionada y sin que ésta tuviera posibilidad de defenderse, provocándole males innecesarios con el único perverso propósito de aumentar su dolor». Según el relato del jurado, los hechos tuvieron lugar en las primeras horas de la madrugada del 14 de abril de 2012, cuando víctima y agresor iniciaron una discusión «por motivos no determinados» en el marco de la cual el acusado golpeó «al menos» en seis ocasiones a su pareja, que contaba con 26 años, y que cayó al suelo, quedando inconsciente.

El jurado vio probado que, «aprovechando que estaba inconsciente», el imputado la degolló, lo que le provocó una hemorragia «masiva aguda» y un shock hipovolémico que le causó la muerte. Tras ello, le anudó un trozo de cable en el cuello, aunque según los forenses ello no influyó en el fallecimiento de la joven estepeña.

Tras ello, y siempre según el veredicto del jurado, «el acusado se apoderó de su teléfono móvil y de las llaves que la víctima tenía en su bolso y que pertenecían al domicilio de sus padres, para a continuación abandonar el cuerpo sin vida y llamar a los padres de la fallecida «haciéndoles creer que su hija pretendía suicidarse tomando un bote de pastillas».

De este modo, el jurado consideró probado que el acusado los citó en una rotonda cercana a una gasolinera de Gilena, lo que motivó que los padres de la víctima se dirigieran hacia allí para auxiliar a su hija, circunstancia que fue aprovechada por el imputado para acceder al interior de la vivienda de sus progenitores y apoderarse de diversas joyas tasadas en poco más de mil euros.

En este sentido, el veredicto rechazó la versión ofrecida por el acusado en el juicio, según la cual «ambos decidieron suicidarse a petición de la víctima», mientras que también consideró no probado que el consumo previo de drogas y alcohol influyera en la acción del acusado ya que, según los peritos, el imputado «era consciente de lo que hacía». Según Europa Press, en la vista oral el imputado habría reconocido que mató a su pareja tras asfixiarla aunque después de que ésta se lo pidiera, porque la intención era suicidarse juntos para no seguir haciendo daño a sus familias.